[vc_row][vc_column][vc_column_text]Una pregunta que reciben frecuentemente los abogados especializados en indemnización laboral es si la incapacidad de trabajar debido al estrés es o no un reclamo válido. Y esta no es una pregunta fácil de responder. Sí, en un sentido, los reclamos por estrés están cubiertos por la indemnización laboral, pero el estrés en sí mismo no se considera la lesión. El estrés es un síntoma de lo que la Ley Laboral de California define como “lesión psiquiátrica”, la cual tiene sus propias definiciones en cuanto a si un trabajador tiene o no derecho a presentar un reclamo de indemnización laboral.
El código de trabajo enumera claramente los criterios necesarios para que una lesión psiquiátrica sea elegible para la indemnización laboral. En la mayoría de los reclamos, el trabajador debe haber estado empleado por al menos seis meses. Los reclamos que surjan por un evento traumático pudieran no requerir que el trabajador haya estado en la compañía por seis meses. Los trabajadores deben presentar evidencia de que una porción significativa de la lesión psiquiátrica se desarrolló por causa del trabajo. Si un demandante solicita indemnización laboral después de que ha dejado de trabajar para compañía, la evidencia debe demostrar que el desarrollo de la lesión fue la principal razón de la lesión por estrés. Los extrabajadores también necesitan probar que la lesión ocurrió mientras estaban empleados y que no fue específicamente debido al resultado de haber sido despedidos o cesanteados.
Puede leer el código de trabajo relacionado con las lesiones psiquiátricas aquí.
Los reclamos de indemnización laboral por estrés son reales, pero requieren de consideraciones especiales. Si usted ha sufrido tanto estrés por sus responsabilidades laborales que ha tenido que faltar al trabajo o un profesional de la salud mental le ha diagnosticado una a lesión psiquiátrica, es importante que se asesore con una firma legal especializada en indemnización laboral. Nuestros expertos en compensación laboral pueden ayudarle a determinar si tiene un reclamo potencial por estrés. Para una consulta legal gratuita, llámenos hoy al 626-986-3792.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]